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Crimen juvenil en Colombia: lo que dice la ley y exige la sociedad

En los últimos tiempos, Colombia ha evidenciado una incidencia creciente de delitos en los que se ven involucrados menores de edad, una situación que ha encendido las alertas de las autoridades, el sistema judicial y la sociedad en general.

Este fenómeno ha reabierto el debate público sobre los alcances, límites y responsabilidades del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), regulado por la Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia.

El SRPA aplica a adolescentes entre 14 y 18 años que incurren en conductas tipificadas como delito, bajo un enfoque pedagógico, protector y restaurativo, diferenciándose del sistema penal de adultos al priorizar la rehabilitación y la reintegración social por encima del castigo.

“El aumento de la participación de adolescentes en ciertos delitos no puede analizarse únicamente desde la óptica penal. Es una señal de fallas estructurales en prevención, educación y acompañamiento familiar”, afirma Valeria Canosa Lider del área Penal en Cafore Abogados. Aunque el sistema contempla sanciones efectivas, que pueden llegar a la privación de la libertad en centros especializados para los delitos de mayor gravedad, la ley establece que estas medidas deben ser excepcionales, proporcionales y orientadas a la resocialización.

Tres puntos clave a considerar

  1. Incremento de la incidencia delictiva juvenil
    En los últimos años se ha registrado una mayor participación de menores de edad en determinados delitos, lo que exige una respuesta integral que combine justicia, prevención y políticas sociales.
  2. Edad de responsabilidad penal
    Solo los adolescentes entre 14 y 18 años pueden ser juzgados penalmente. Los menores de 14 años están sujetos exclusivamente a medidas de protección y restablecimiento de derechos.
  3. Enfoque restaurativo y corresponsabilidad social
    La ley prioriza la reparación del daño y la reintegración social del menor, reconociendo la responsabilidad conjunta del Estado, la familia y la sociedad.

Este escenario plantea la necesidad de fortalecer las políticas públicas de prevención, sin desnaturalizar un sistema que busca proteger los derechos de los menores y, al mismo tiempo, responder de manera efectiva a las conductas que afectan la seguridad y la convivencia ciudadana.

“Un aspecto fundamental en este debate es el rol de las estructuras criminales de adultos que utilizan a los menores de edad como instrumentos para la comisión de delitos, aprovechándose de su vulnerabilidad social y de las particularidades del SRPA. Más que endurecer las sanciones contra los adolescentes, el verdadero desafío está en perseguir y desmantelar estas organizaciones, así como en sancionar de manera ejemplar a los adultos que inducen, coaccionan o facilitan la participación de menores en actividades ilícitas”. señala Valeria Canosa Lider del área Penal en Cafore Abogados.

El uso de adolescentes por parte de redes criminales no solo agrava el fenómeno de la delincuencia juvenil, sino que perpetúa ciclos de violencia, exclusión y reincidencia. En este sentido, resulta indispensable fortalecer la investigación penal, la inteligencia judicial y las políticas de prevención que protejan a los menores del reclutamiento criminal, garantizando que el peso de la ley recaiga sobre quienes se benefician y dirigen estas conductas.

Abordar la responsabilidad penal de los menores sin atacar estas estructuras supone una respuesta incompleta al problema, pues la protección integral de la infancia también implica impedir que sean utilizados como herramientas del delito organizado.