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Sanciones hasta por $1.000 millones enfrentarían empresas que no apliquen normas de salud y seguridad en el trabajo establecidas por la ley

La pandemia de la COVID-19 posicionó la temática de la seguridad y salud en el trabajo como eje fundamental para la reactivación de las actividades económicas, al convertirse en una necesidad básicas de los Gobiernos del mundo para garantizar un retorno a la normalidad en donde las personas puedan trabajar disminuyendo el riesgo de contagio. 

Desde 1979, en Colombia, existen requisitos en materia de salud ocupacional (hoy Seguridad y Salud en el Trabajo) y a partir de la expedición de la Ley 1562 de 2012 se estableció la obligatoriedad de contar con un Sistema de Gestión en la materia. >Actualmente, se cuenta con el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019, que establecen los requisitos para estos sistemas cuyos costos varían dependiendo de los peligros propios de la operación y procesos, así como del tamaño de la empresa, los insumos, materias primas y productos desarrollados.

Frente a esta normativa y a los riesgos propios generados por la pandemia del virus de la COVID-19 catalogada como enfermedad laboral, los   empresarios  hicieron un esfuerzo por acelerar la vacunación de sus trabajadores a través  de un programa liderado por la Asociación Nacional de Empresarios, ANDI, junto al Ministerio del Trabajo en el que participó tanto el Consejo Colombiano de Seguridad, CCS, como otras  5.000 empresas del país que blindaron la fuerza laboral para fortalecer la competitividad empresarial, ya que según estimaciones del CCS, por casos de COVID-19 en personas entre los 18 y 62 años, se registró un impacto en la productividad de más de $2,5 billones.

Pero no se trata solo de la voluntad de los empresarios por la protección de los trabajadores, el gobierno nacional se ha comprometido con la expedición de política pública en la materia y las autoridades del sector trabajo tienen competencias para vigilar el cumplimiento de las normas del sistema general de riesgos laborales. Adriana Solano Luque, presidenta del Consejo Colombiano de Seguridad, CCS, recordó que el decreto 472 de 2015 estableció los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, las cuales pueden ir de 1 hasta 1000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, la sanción puede ascender a $908.526.000.