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¿Qué hacer si un colombiano fallece y ha invertido en bienes en EE. UU.?

Según la National Association of Realtors (NAR), Colombia fue el décimo país con más participación de compras de bienes raíces en Estados Unidos por parte de ciudadanos extranjeros en el 2021. Para hacer este tipo de negocios, es muy importante tener en cuenta distintos aspectos jurídicos, para que el activo no se vuelva un dolor de cabeza.

Con el cambio político y la actual situación del país, cada vez más colombianos invierten o quieren invertir en Estados Unidos, pero no tienen en cuenta ciertos aspectos jurídicos a la hora de comprar y si llegará a fallecer.

Para Isbely Glazer de US Prime Realty LLC, un ciudadano colombiano puede comprar una propiedad en Estados Unidos, pero debe tener en cuenta estos temas jurídicos antes de comprar un inmueble en cualquier estado de los EEUU, además de abrir una compañía o hacer el registro de  una corporación en los Estados Unidos, ya que no se recomienda comprar un bien raíz a título personal,  pues esto genera un sobrecosto del impuesto del 15% adicional a los impuestos cotidianos y demás costos de venta, por eso lo más recomendable es comprar a nombre de una compañía, en dado caso que el inversionistas tenga demasiado afán puede comprarlo de forma personal, solo para no perder la oportunidad de comprar la propiedad, pero es conveniente inmediatamente después de hacer el cierre del negocio, abrir dicha compañía y traspasar de la persona a ésta, esto es una opción de emergencia porque definitivamente lo más apropiado es hacer la sociedad primero.

Además, para Glazer real estate bróker de US Prime Realty LLC, otro tema a poner en consideración antes de la compra de un inmueble en Estado Unidos es el valor y los tipos de tributos que se deben pagar. Así como el tema sucesorio también genera tributos. Específicamente, el Estado de Florida se puede quedar con hasta 30% de una propiedad si no se hacen planes con anterioridad, cuando una persona muere y es muy importante hacer una sociedad o corporación americana y no como persona natural.

De esta forma, ciudadanos extranjeros pueden comprar legalmente propiedades residenciales en los Estados Unidos, o están casados/as con ciudadanos americanos que poseen bienes en EE. UU. Y la pregunta constante es: ¿Qué se debe hacer en caso que el colombiano/a o el ciudadano/a americano casado con colombianos fallece?

Según el abogado colombiano experto en derechos sucesiones en Colombia y Estados Unidos, Cristhian Mancera Mejía se deben seguir las siguientes recomendaciones si se tiene un bien en el exterior y no es ciudadano americano o residente permanente:

  1. Asegúrese de tener una visa americana vigente en caso de que su familiar fallezca y usted se vea obligado a emigrar para adelantar los trámites de sucesión.
  2. Asegúrese que su propiedad esté al día en impuestos.
  3. Tener un abogado de confianza en Colombia o EE. UU. que conozca la ley de sucesiones en ambos países y lo pueda guiar de forma efectiva.

Recordar que en EE. UU. todo se paga en dólares, un abogado en Estados Unidos le saldrá muy costoso si no está debidamente preparado para enfrentar un fallecimiento de un familiar con bienes raíces en el exterior.

Aquí se mostrará la situación en dos estados Florida y California:

Para el caso de Florida, se debe tener preparado un plan patrimonial adecuado. La estructuración adecuada del patrimonio ayuda a agilizar el proceso de legalización y los costos e impuestos asociados cuando el patrimonio pasa a la legalización o lo que se llama en inglés “Probate”. Es importante saber que ese plan patrimonial que debe incluir un testamento, que permita saber cómo se repartirán los bienes establecidos en el estado de la Florida cuando la persona fallezca o ese familiar que posee los bienes lo haga. Eso ahorrará tiempo y gastos de sucesión.

Si tiene activo en la Florida, es importante asegurarse de tener un plan patrimonial redactado. Es posible que un plan patrimonial redactado en otro país no califique según la ley de Florida. Para asegurarse de que el plan patrimonial esté completo, es importante consultar a un abogado experto en sucesiones en ley americana de sucesiones y que conozca las legislaciones en cada estado, ya que estas cambian según la jurisdicción.

Un ejemplo es California, allí ciudadanos extranjeros pueden poseer propiedades, según el Código Civil de California 671 establece: “Cualquier persona, sea ciudadano o extranjero, puede tomar, poseer y disponer de bienes, muebles o inmuebles, dentro de este Estado.”