En Colombia los tiempos previstos en la Ley para definir y pagar una pensión aplican para cualquier entidad pagadora de pensiones. Para el caso del reconocimiento de pensiones de invalidez y vejez, se cuenta con un plazo de 120 días para su reconocimiento y de 180 días para realizar el pago. En el caso de las pensiones de sobrevivencia, el término para el reconocimiento es de 60 días y de 180 para el pago.
Para reconocer un beneficio pensional, la entidad administradora de pensiones a la cual se encuentra afiliado el trabajador, debe realizar un proceso previo denominado Conformación de Historia Laboral, el cual consiste en verificar el historial de vinculaciones laborales del afiliado, sus ingresos salariales, el número de semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones, los rendimientos generados si está en un Fondo Privado y el bono pensional cuando se tiene derecho a este, con estos datos se establece el beneficio pensional que corresponde.
De acuerdo con el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, los afiliados que estén a menos de dos años de tramitar su beneficio pensional deben iniciar el proceso de preparación de requisitos para que se pueda definir a tiempo el reconocimiento del beneficio pensional.
Tenga en cuenta estos consejos para que sea más ágil el proceso de conformación de la historia laboral y el reconocimiento del beneficio pensional:
Si su beneficio pensional es una garantía de pensión mínima o una devolución de saldos, la radicación del trámite debe hacerse cumplida la edad de pensión. Si se trata de una pensión por capital, el afiliado puede hacer la solicitud en cualquier momento.