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Otorgar nacionalidad a descendientes nacidos en Latinoamérica

INVITADA ESPECIAL

Máchelin Díaz – Abogada  especializada en derecho de extranjería (homologada y colegiada del ICAM), estudió el Máster de Análisis Económico del Derecho y las Políticas Públicas en la Universidad de Salamanca y un Curso Superior en Desarrollo y Perfeccionamiento Directivo en el Centro de Estudios Financieros.

Los últimos 6 años, ha estado trabajando en trámites de extranjería, Nacionalidad, Visados de Turista, Estancia de Estudiante y elaborando guías para emprender siendo extranjero. Durante este periodo han recibido su ayuda más de 4.000 personas de diferentes nacionalidades.

Desde octubre del año pasado, cuando el Congreso español aprobó la Ley de Memoria Democrática o más conocida como “Ley de Nietos”, existe una alta expectativa en los ciudadanos descendientes de españoles que residen de Latinoamérica, gracias a las nuevas disposiciones de la Ley que flexibiliza y amplía el universo de posibles beneficiarios.

Por ejemplo, hoy, la Ley permite que los descendientes nacidos fuera de España cuyos padres o abuelos que, por diversos motivos estipulados, hayan -inclusive- perdido o renunciado a la nacionalidad española podrían acogerse a la Ley.

Así mismo, los descendientes de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978 y, también, los descendientes mayores de edad de españoles que la Ley ya les reconoció su nacionalidad de origen, antes solo se permitía a menores de edad.

Estos son 3 de los 6 supuestos que se tienen en consideración para adquirir la nacionalidad con base a la ley de Memoria Democrática.

De acuerdo con la abogada especialista en extranjería, migración y asilo, Máchelin Díaz, se trata de una Ley innovadora y justa en el ámbito de las normativas sobre nacionalidad española porque permite dar saltos intergeneracionales “si la madre o padre no obtuvieron la nacionalidad española, los descendientes nacidos fuera de España podrían acogerse gracias a la nacionalidad de sus abuelos o bisabuelos”, explicó la experta.

Beneficio temporal Un aspecto importante que destaca Máchelin Díaz, es la temporalidad de la Ley, la cual estará vigente sólo hasta octubre de 2024. Condición que exige que los potenciales beneficiarios tengan claridad y certeza de los pasos que deben dar para obtener la nacionalidad española.

“El factor tiempo es fundamental, el plazo para acogerse a la ley es relativamente corto y, consideramos, además, que cada caso es particular y debe ser estudiado y argumentado de acuerdo al marco legal establecido. Por ello, nuestro estudio de abogados, establecido en España, ha decidido recorrer diversos países de Latinoamérica para dialogar sobre los pormenores de la Ley”.